El presente informe se ha preparado de conformidad con la resolución 8/4, por la que el Consejo de Derechos Humanos renovó el mandato del Relator Especial sobre el derecho a la educación y le pidió que presentara un informe a la Asamblea General. El Relator Especial dedica este informe a la cuestión del derecho humano a la educación sexual integral. Este tema ha suscitado el interés y preocupación del mandato desde sus orígenes. El Relator Especial introduce el tema del derecho a la educación sexual situándolo en el contexto del patriarcado y del control de la sexualidad. Explica la interdependencia entre la sexualidad, la salud y la educación así como su relación con otros derechos, desde una perspectiva de género y de diversidad. El Relator Especial presenta el derecho a la educación sexual en el marco de las normas internacionales de derechos humanos, analizando las normas internacionales y regionales. A continuación presenta la situación del derecho a la educación sexual teniendo en cuenta la responsabilidad estatal, y analizando las tendencias por regiones y países, así como diferentes perspectivas y el importante papel de la familia y de la comunidad. El Relator Especial concluye su informe reiterando la necesidad y la pertinencia del derecho a la educación sexual integral y presentando recomendaciones concretas dirigidas a los Estados y a la comunidad internacional.

[ENGLISH]

Este informe se presenta de conformidad con la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos. El Relator Especial decidió dedicar el informe a la cuestión del derecho a la educación de las personas privadas de libertad, un grupo que es objeto de discriminación en general y también específicamente con respecto al acceso a la educación.

Por lo general se considera que el aprendizaje en prisión por medio de programas educativos tiene repercusión en la reincidencia, la reintegración y más concretamente en las oportunidades de empleo tras la excarcelación. Sin embargo, la educación es mucho más que una herramienta para el cambio; es un imperativo en sí. Con todo, la educación presenta desafíos considerables para los reclusos debido a toda una gama de factores ambientales, sociales, institucionales e individuales. El Relator Especial se propone informar y prestar asistencia a los gobiernos y a las partes interesadas en sus esfuerzos por abordar esos factores y desarrollar prácticas óptimas a fin de que las personas privadas de libertad puedan ejercer efectivamente su derecho a la educación, el cual hasta la fecha no se ha garantizado.

El presente informe se ha beneficiado en gran medida del compromiso activo y constructivo de muchos sectores interesados, tales como gobiernos, organizaciones internacionales, académicos, organizaciones no gubernamentales (ONG) y reclusos. Colectivamente, éstos ofrecieron un valioso conjunto de perspectivas diferentes respecto de la educación en las prisiones, los cuales proporcionan enseñanzas a todos y constituyen la base de una serie de recomendaciones que figuran al final del presente informe. A todas esas personas y entidades que le demostraron su compromiso, el Relator Especial expresa su sincero agradecimiento.

 

[ENGLISH]

En el presente informe se aborda el derecho a la educación de las niñas. Teniendo en cuenta la primera evaluación de la realización de los objetivos de desarrollo del Milenio, el Relator Especial desea tratar específicamente los objetivos 2 y 3, sobre la enseñanza primaria universal y la igualdad entre los géneros. El Relator Especial aborda el contexto sociocultural de la discriminación por motivos de género definiendo el concepto de patriarcalismo, que explica algunos comportamientos discriminatorios. Denuncia la repercusión negativa sobre la educación, en especial sobre la educación de las niñas, del concepto persistente de que la educación es un servicio y no un derecho humano, e insiste en la importancia de velar no sólo por el acceso de las niñas a la escuela sino por que éstas completen el ciclo escolar. En el informe se identifican los obstáculos que se interponen a la educación de las niñas, como los matrimonios y los embarazos precoces, el trabajo infantil (en especial el trabajo en el hogar) y los conflictos armados.

El Relator Especial destaca los factores agravantes y subraya el papel esencial de la enseñanza de los derechos humanos y su aplicación concreta en las aulas para luchar contra la discriminación por motivos de sexo y los estereotipos basados en el género. En el informe también se resumen las respuestas recibidas a un cuestionario remitido a las distintas partes interesadas, en que se les solicitaba información sobre la realización del derecho a la educación de las niñas, deduciéndose de dichas respuestas las tendencias principales, que justifican sus conclusiones. En el informe se proporciona una serie de recomendaciones basadas en los cuatro elementos identificados como elementos constituyentes del derecho a la educación, a saber, la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la adaptabilidad.

[ENGLISH]

Este informe se presenta con arreglo a la decisión 1/102 del Consejo de Derechos Humanos, y analiza uno de los temas de especial interés para el Relator Especial sobre el derecho a la educación: el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva. El derecho a una educación inclusiva implica la posibilidad de que todos los niños, niñas y adolescentes, independientemente de sus condiciones o diferencias, aprendan juntos. El paradigma de la educación inclusiva surge como respuesta a las limitaciones de la educación tradicional, calificada como patriarcal, utilitarista y segregadora, así como a las insuficiencias resultantes de la educación especial y de las políticas de integración de estudiantes con necesidades especiales dentro del sistema regular de educación.

El concepto de educación inclusiva se encuentra implícitamente comprendido en el párrafo 1 del artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en los artículos 29 y 23 de la Convención sobre los Derechos del Niño; y expresamente, entre otros, en la Declaración de Salamanca y marco de acción para las necesidades educativas especiales, aprobados por la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y Calidad en 1994 y en la recientemente adoptada Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que establece la obligación de los Estados de asegurar un sistema de educación inclusiva.

El informe recomienda una serie de medidas legislativas, de gestión y financieras que deberán ser adoptadas con el fin de que este derecho sea una realidad. Igualmente, se identifican algunos de los obstáculos que atentan contra el derecho a la educación inclusiva, con base en las respuestas enviadas por varios Estados y organizaciones no gubernamentales (ONG) a un cuestionario remitido por el Relator Especial, que tuvo por objeto constatar el nivel de aplicación de las normas internacionales en la materia. Entre otros obstáculos, se cita la discrepancia existente entre el marco jurídico y los recursos disponibles para la realización del derecho a la educación inclusiva, así como la falta de una verdadera voluntad política para tal fin.

 

[ENGLISH]

Un video animado creado por la Red-DESC para promover la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención Internacional de Derechos Económicos, Sociales y.

El video, que es de tres minutos de duración, se trata de una niña de doce años llamada Lucy que tiene que luchar por su derecho a la educación cuando su escuela está cerrada debido a la falta de fondos públicos. En última instancia, Lucy demuestra que el acceso a la justicia es fundamental para el pleno disfrute de los derechos humanos.

[ENGLISH] [FRANÇAIS]

Colombia está ante la histórica oportunidad de dejar atrás un conflicto que ha afectado directamente a su población por décadas. Los acuerdos finales entre el gobierno de Colombia y las FARC-EP permitirán la construcción de una paz estable y duradera. Sin embargo, la firma y refrendación del acuerdo de paz con las FARC-EP, de capital importancia, deben entenderse como el inicio del verdadero proceso para lograr la paz.

El Estado colombiano tendrá la obligación de establecer una presencia sobre los territorios más alejados y abandonados, de una forma positiva que genere confianza, cambios reales y oportunidades para los territorios rurales afectados por el conflicto. Dudar o fallar en ésta labor podría perpetuar el periodo de violencia y frustración.

La inequidad en Colombia tiene un fuerte sesgo rural. Los índices de pobreza y marginalidad, ausencia de servicios públicos y falta de acceso a una educación pertinente y de calidad, son excepcionales en estas regiones. Según el último censo nacional, el 45,6% de las personas residentes en el área rural dispersa vive en condiciones de pobreza multidimensional, porcentaje que incrementa al 63,8% cuando se hace referencia a la condición de pobreza de grupos étnicos y poblaciones desplazadas por el conflicto armado.

Adicionalmente, éstas mismas zonas rurales son históricamente las más afectadas por la presencia de actores armados y la violencia. Según un estudio de 2012, el 57% de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes reclutados y vinculados por grupos armados procede de familias muy pobres que tienen severas restricciones en el consumo de alimentos y que se han desplazado como media 4,5 veces por violencia. La falta de educación, de oportunidades laborales y la condición de pobreza, se transformó en la receta perfecta para perpetuar el conflicto armado durante cinco décadas en el país.

La debilidad institucional y el conflicto confluyen en la precaria situación de la educación rural en materia de acceso, permanencia y calidad. Más de un 20% de los niños y adolescentes rurales entre 5 y 16 años no va a la escuela, porcentaje que se incrementa al 73,7% entre los 17 y 24 años. La mitad de los niños, adolescentes y jóvenes rurales no llega a superar el quinto grado.

Estos jóvenes tienen menos oportunidades de acceso al sistema escolar y no existen soluciones de fondo a los retos de calidad, permanencia y deserción. La falta de continuidad de la oferta educativa, el desplazamiento forzado, la pobreza y los problemas económicos, el coste de uniformes y útiles escolares, el transporte y la necesidad de trabajar son los principales problemas.

Resolución del Consejo de derechos humanos A/HRC/35/L.2 sobre el derecho a la educación adoptada el 22 de junio 2017 a la 35o sesión.

English Français

A lo largo de las últimas décadas, las políticas pro privatización han cobrado un lugar central en muchos procesos de reforma educativa a escala global (Burch, 2009). El avance de estas políticas se explica parcialmente por el impacto de una serie de factores comunes de carácter externo –incluyendo presiones derivadas de la globalización económica o el rol de organizaciones internacionales con una preferencia por las soluciones de mercado. Sin embargo, en su implementación, estas políticas no responden a un modelo homogéneo en cuanto a sus fines, sentidos, diseños y temporalidades. Por el contrario, diversos condicionantes de carácter interno, sociopolíticos, institucionales, demográficos e históricos propios de cada contexto nacional y/o subnacional han dado como resultado distintas trayectorias de privatización educativa con características específicas (Verger, Fontdevila, & Zancajo, 2016).

En América Latina, las políticas pro privatización han asumido un rol protagónico singular en los procesos de reforma educativa, especialmente a partir de la década de 1990 (Bellei & Orellana, 2014). La consecuencia más evidente –aunque no exclusiva– de estos procesos ha sido la creciente participación de agentes privados en la provisión educativa bajo diversos arreglos institucionales. En las últimas décadas, de hecho, América Latina ha sido la región del mundo en la que la privatización de la provisión educativa ha crecido de forma más acusada y constante (Verger, Moschetti, & Fontdevila, 2017). A su vez, como rasgo particular y paradójico, los procesos de privatización en la región corrieron en paralelo al creciente ingreso a la educación pública de sectores sociales largamente excluidos del acceso a este derecho (Bordoli & Conde, 2016). El interjuego de ambos procesos no ha hecho más que poner de manifiesto las contradicciones y desafíos que enfrentan los estados de la región en materia de integración e igualdad.

 

El informe "Educación privada de bajo coste en el Perú: un enfoque desde la calidad" ha sido realizado conjuntamente por un equipo de investigación de la Universitat
Autònoma de Barcelona y del Grupo de Análisis para el Desarrollo de Lima y ofrece un panorama actual de la distribución de la oferta privada en el Perú, con especial atención a Lima Metropolitana y, en particular, al distrito de San Juan de Lurigancho.

Este documento enumera los instrumentos internacionales que se refieren a la edad mínima de reclutamiento militar con sus disposiciones pertinentes.

[ENGLISH] [FRANÇAIS]

Pages