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En este informe, la Relatora Especial explique que los programas de enseñanza no académica ofrecen fórmulas flexibles y centradas en los estudiantes para mejorar los resultados de la educación. Ello es particularmente importante para las niñas y los grupos que se hallan en situación vulnerable, como los niños con discapacidad, las minorías y los niños de las zonas rurales y empobrecidas, que constituyen un porcentaje excesivo de la población no escolarizada. Cuando se los formula para que sean asequibles, accesibles, aceptables y adaptables, esos programas permiten a los Estados hacer efectivo el derecho a la educación de los estudiantes que están excluidos del sistema académico. Además, esos programas pueden promover unos objetivos pedagógicos integrales que fomenten el ejercicio de los derechos culturales y lingüísticos.

Finalmente, la Relatora exhorta a los Estados a que reconozcan que la enseñanza no académica es un mecanismo flexible y eficaz en función de los costos que puede proporcionar una educación de calidad y ayudar a los Estados a cumplir las obligaciones que tienen respecto del derecho a la educación.

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En el presente informe, la Relatora Especial examina cómo ha de orientarse la gobernanza de los sistemas nacionales de educación teniendo en cuenta el derecho a la educación y los compromisos asumidos en virtud de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Analiza cómo incorporar el derecho a la educación en la gobernanza de la educación. En este contexto se entiende que la gobernanza comprende las leyes, las políticas, las instituciones, las prácticas y los procedimientos administrativos, los mecanismos de supervisión y rendición de cuentas y los procedimientos judiciales relacionados con la educación. Es menester adoptar un enfoque basado en los derechos no solo para incorporar los principios de no discriminación e igualdad de acceso para todos en la gobernanza de la educación, sino también para que se dé prioridad a aquellos alumnos a los que es más difícil llegar, incluidos los miembros de grupos vulnerables, aun cuando esas decisiones sean contrarias al enfoque tradicional centrado en la eficiencia.

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La Resolución A/HRC/53/L.10 sobre el derecho a la educación fue adoptada en la 53ª sesión ordinaria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, entre el 19 de junio y el 14 de julio de 2023.

 

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La educación superior forma parte del derecho a la educación y está protegido por el derecho internacional de los derechos humanos. Esto significa que los Estados tienen la obligación de proteger, respetar y hacer realidad el derecho a la educación superior y que hay formas de hacerles rendir cuentas por las violaciones o privaciones del derecho a la educación superior. El derecho internacional de los derechos humanos establece que la educación superior debe ser accesible a todas las personas por igual, sin discriminación, en función de la capacidad. Esto debe lograrse por todos los medios apropiados y, en particular, mediante la introducción progresiva de la enseñanza gratuita.

Sin embargo, a pesar de un amplio marco jurídico internacional que garantiza el derecho a la educación superior sin ningún tipo de discriminación y un amplio compromiso político para promover la inclusión en la educación superior, persisten importantes desigualdades, tanto en el acceso a la educación superior como en el acceso a las titulaciones y programas más gratificantes desde el punto de vista social. Cuestiones como la privatización de la enseñanza superior y el aumento de las tasas académicas representan una amenaza para la igualdad de acceso y participación en la enseñanza
superior, especialmente en contextos en los que persisten las desigualdades sociales estructurales, como las desigualdades de clase, de género o territoriales. Además, ciertos grupos –como las minorías étnicas, raciales y religiosas, así como las personas inmigrantes, refugiadas o solicitantes de asilo— siguen estando ampliamente infrarrepresentados en la enseñanza superior en comparación con su proporción en el conjunto de la población.

Estos y otros muchos retos relacionados con el acceso y la participación en la educación superior pueden salir a la luz cuando supervisamos cuidadosamente el derecho a la educación superior. Solo mediante el seguimiento del derecho a la educación superior se pueden diseñar leyes y políticas adaptadas que aborden las desigualdades y discriminaciones persistentes. 

Esta guía propone un enfoque basado en los derechos humanos para las desigualdades relativas al acceso y la participación de las y los estudiantes en la educación superior. El replanteamiento del análisis de la educación a través de la lente de los derechos humanos contrasta fuertemente con la visión reducida de la educación como generadora de capital humano.

El seguimiento de los derechos humanos es útil para abordar las desigualdades y las discriminaciones en el acceso y la participación en la educación superior porque permite evaluar la realización del derecho a la educación en un contexto determinado, así como las lagunas en la legislación y las políticas que protegen este derecho. El seguimiento le ayudará a identificar e investigar el grado de realización del derecho a la educación superior, especialmente en lo que respecta a la obligación de los Estados de proporcionar un acceso igualitario, en función de la capacidad, sin discriminación. En última instancia, el seguimiento del derecho a la educación superior le proporcionará el análisis jurídico y fáctico que le permitirá responsabilizar a los Estados en caso de privaciones y violaciones del derecho a la educación superior.

 

 

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Este informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la educación, Farida Shaheed, se presenta con ocasión del 25º aniversario del establecimiento del mandato sobre el derecho a la educación. En su informe, la Relatora Especial examina los logros realizados en este ámbito, cómo se entiende el derecho a la educación y las obligaciones que conlleva, así como cuestiones tanto contemporáneas como emergentes que deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a la educación para todos, hoy y en el futuro.

 

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