El informe "Educación privada de bajo coste en el Perú: un enfoque desde la calidad" ha sido realizado conjuntamente por un equipo de investigación de la Universitat
Autònoma de Barcelona y del Grupo de Análisis para el Desarrollo de Lima y ofrece un panorama actual de la distribución de la oferta privada en el Perú, con especial atención a Lima Metropolitana y, en particular, al distrito de San Juan de Lurigancho.
Este infomrme refiere a la promoción de la igualdad de oportunidades en la educación. También incluye una descripción general de otras preocupaciones que el Relator Especial se propone estudiar a lo largo de su mandato. Los Estados tienen el deber de adoptar medidas para eliminar la discriminación y garantizar a todos la igualdad de acceso a la educación. La promoción de la igualdad de oportunidades, de derecho y de hecho, en la educación es un desafío permanente para todos los Estados, que requiere no solo eliminar las prácticas discriminatorias sino también adoptar medidas especiales provisionales para conseguir la igualdad de hecho por lo que respecta a la educación. En el informe se enumeran en primer lugar las disposiciones de las normas básicas de derechos humanos que establecen la obligación de promover la igualdad de oportunidades en la educación. A continuación se describen diferentes fuentes de desigualdad y diferentes tipos de iniciativas para hacerles frente. Por último, se formulan recomendaciones basadas en las normas de derechos humanos.
En este informe, el Relator Especial examina las alianzas público-privadas relativas a la educación, que están ligadas indisolublemente al rápido avance de la privatización. Pone de relieve sus repercusiones en el derecho a la educación y los principios de justicia social y equidad. Por último, formula una serie de recomendaciones con miras a elaborar un marco normativo eficaz y unas estrategias de ejecución de las alianzas público-privadas en el ámbito de la educación, en cumplimiento de las obligaciones de los Estados relativas al derecho a la educación, conforme a lo establecido en las convenciones y convenios internacionales de derechos humanos, y la necesidad de salvaguardar la educación como un bien público.
En este informe, la Relatora Especial explique que los programas de enseñanza no académica ofrecen fórmulas flexibles y centradas en los estudiantes para mejorar los resultados de la educación. Ello es particularmente importante para las niñas y los grupos que se hallan en situación vulnerable, como los niños con discapacidad, las minorías y los niños de las zonas rurales y empobrecidas, que constituyen un porcentaje excesivo de la población no escolarizada. Cuando se los formula para que sean asequibles, accesibles, aceptables y adaptables, esos programas permiten a los Estados hacer efectivo el derecho a la educación de los estudiantes que están excluidos del sistema académico. Además, esos programas pueden promover unos objetivos pedagógicos integrales que fomenten el ejercicio de los derechos culturales y lingüísticos.
Finalmente, la Relatora exhorta a los Estados a que reconozcan que la enseñanza no académica es un mecanismo flexible y eficaz en función de los costos que puede proporcionar una educación de calidad y ayudar a los Estados a cumplir las obligaciones que tienen respecto del derecho a la educación.
En el presente informe, la Relatora Especial examina cómo ha de orientarse la gobernanza de los sistemas nacionales de educación teniendo en cuenta el derecho a la educación y los compromisos asumidos en virtud de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Analiza cómo incorporar el derecho a la educación en la gobernanza de la educación. En este contexto se entiende que la gobernanza comprende las leyes, las políticas, las instituciones, las prácticas y los procedimientos administrativos, los mecanismos de supervisión y rendición de cuentas y los procedimientos judiciales relacionados con la educación. Es menester adoptar un enfoque basado en los derechos no solo para incorporar los principios de no discriminación e igualdad de acceso para todos en la gobernanza de la educación, sino también para que se dé prioridad a aquellos alumnos a los que es más difícil llegar, incluidos los miembros de grupos vulnerables, aun cuando esas decisiones sean contrarias al enfoque tradicional centrado en la eficiencia.
De acuerdo con el derecho internacional la educación es un derecho humano fundamental. Aunque debería ser un derecho cuyo ejercicio estuviera al alcance de todo el mundo, los migrantes deben hacer frente a varios retos en el disfrute de su derecho a la educación. En el presente informe, la Relatora Especial se propone comprender estos retos y considerar la situación de facto y de iure del derecho a la educación de los migrantes en todo el mundo.
Mediante un análisis de los marcos jurídicos internacionales y regionales y de más de 500 documentos pertinentes elaborados por organizaciones no gubernamentales (ONG) y órganos de las Naciones Unidas, el informe presenta sus principales conclusiones en términos del marco de las 4As para el derecho a la educación: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad, así como en términos de cuestiones transversales relacionadas con la identidad. El informe identifica cuestiones clave para garantizar el derecho de los migrantes a la educación, incluidas las capacidades de las instituciones educativas públicas, y los retos a los que se enfrentan los migrantes para tener acceso a instalaciones educativas y oportunidades educativas de calidad que tengan en cuenta las necesidade s concretas de los grupos de migrantes.
El informe propone recomendaciones clave para mejorar la protección y garantizar a los migrantes el pleno disfrute de su derecho a la educación a través de la implementación del marco de las 4As para el derecho a la educación.
Este informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la educación, Farida Shaheed, se presenta con ocasión del 25º aniversario del establecimiento del mandato sobre el derecho a la educación. En su informe, la Relatora Especial examina los logros realizados en este ámbito, cómo se entiende el derecho a la educación y las obligaciones que conlleva, así como cuestiones tanto contemporáneas como emergentes que deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a la educación para todos, hoy y en el futuro.
El presente informe de la Experta Independiente sobre el disfrute de los derechos humanos de las personas con albinismo, Muluka-Anne Miti-Drummond, se ha elaborado en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 28/6 y 46/12. Se centra en el derecho a la educación de las personas con albinismo y sus experiencias en diferentes regiones.