En esta decisión, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N. 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires encontró que el derecho a la educación de un niño con discapacidad había sido vulnerado cuando la institución educativa no le otorgó un certificado oficial de finalización de sus estudios secundarios aun cuando el estudiante había cumplido con todos los requisitos de su proyecto pedagógico individual (PPI) porque no había cumplido con los contenidos mínimos bajo la normativa local. El Juzgado concluyó que las personas con discapacidad tienen el derecho a recibir una educación inclusiva en igualdad de condiciones con las demás y esto incluye el derecho a que sus capacidades y logros sean certificados en igual condiciones que los demás. La Corte notó que  la igualdad de condiciones no necesariamente quiere decir con requisitos idénticos, sino condiciones ajustadas de manera razonable para asegurarse que los estudiantes sean tratados como iguales. Es decir, que el demandante, al haber cumplido con los requerimientos de su PPI y al haber cursado y aprobado 5 años en la institución, tenía el mismo derecho a recibir un certificado que sus compañeros de clase que habían cumplido con los requisitos impuestos sobre ellos.

 

 

Año de publicación: 
2017
Autor(es): 
Right to Education Project and White & Case
Tipo de recurso: 
País: