31 Mayo 2023
En abril, en respuesta a la denuncia presentada por S.M.G.V., una mujer con discapacidad intelectual, el Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad determinó que México no había adoptado las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo necesarias para garantizar su acceso a la educación terciaria.
 
En la queja presentada por S.M.G.V. se exponía cómo había suspendido el examen de admisión a la Licenciatura en Artes Plásticas, pero no se le habían proporcionado las modificaciones necesarias para que pudiera realizar el examen en igualdad de condiciones que sus compañeros sin discapacidad.
 
A pesar de haber concluido satisfactoriamente sus estudios de primaria y secundaria, y de haber obtenido un certificado de estudios técnicos profesionales en diseño de modas en la Escuela Vocacional de Diseño de Modas del Estado de Morelos, a S.M.G.V. no se le permitió presentar el examen de admisión a la Licenciatura en Artes Visuales en el Centro Morelense de las Artes. El Centro le informó que no contaba con recursos económicos ni el programa estaba diseñado para personas con discapacidad intelectual. Además, El Centro explicó que la prueba y el proceso de admisión estaban diseñados y dirigidos a candidatos sin discapacidad.
 
El proceso judicial
En primera instancia, S.M.G.V. demandó al Centro Morelense y a las autoridades competentes, entre ellas el Gobernador y la Secretaría de Educación del Estado de Morelos, por considerar que no habían implementado las medidas y políticas públicas necesarias que promovieran la inclusión de las personas con discapacidad en la educación superior y garantizaran su acceso.
Después de que los tribunales mexicanos desestimaran su caso, llevó su queja ante el Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
 
La decisión del Comité
El Comité evaluó la queja de S.M.G.V y la respuesta de México, y concluyó que el Estado parte no había garantizado la accesibilidad de la Licenciatura en Artes Visuales del Centro Morelense de las Artes, y que tampoco había protegido a S.M.G.V de los prejuicios y estereotipos relacionados con su discapacidad. En lugar de reflejar un caso aislado, el Comité destacó que las violaciones en este caso se enmarcan en un patrón más amplio de desafíos estructurales a los que se enfrentan las personas con discapacidad intelectual en México.
 
El Comité determinó que México no había garantizado la accesibilidad, en particular en lo que respecta a los exámenes de ingreso, las herramientas de información y comunicación, los planes de estudio, los materiales educativos, los métodos de enseñanza, las evaluaciones y los servicios lingüísticos y de apoyo. Sugirió que el Centro Morelense de las Artes debería haber iniciado un diálogo con la S.M.G.V. para determinar qué adaptaciones y medidas eran necesarias para realizar los exámenes de admisión.
 
Estas adaptaciones podrían haber abarcado la provisión de tiempo extra para completar los exámenes, o el apoyo de un profesional especializado para apoyar la plena comprensión de las expectativas de la prueba. Con el fin de proporcionar reparación a S.M.G.V., el Comité recomienda que el Estado parte garantice los derechos de S.M.G.V. a la educación terciaria mediante un proceso de admisión accesible en la institución educativa de su elección. Entre las medidas de reparación efectiva recomendadas se encuentra la provisión de alojamiento efectivo. Además, el Comité recomienda a México que establezca mecanismos de denuncia para los casos de violación del derecho a la educación.

Lea el comunicado de prensa del Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aquí here