La aplicación del derecho a la educación requiere financiación a fin de construir escuelas, pagar los sueldos y la formación de los docentes, proveer materiales de enseñanza, etc.
En virtud del derecho internacional, los Estados tienen la obligación de utilizar el máximo de los recursos disponibles para hacer realidad el derecho a la educación. Incluso cuando los recursos de un Estado son muy limitados, éste está obligado a dar prioridad a determinadas obligaciones inmediatas, tales como la introducción de la educación primaria gratuita, y a garantizar la educación para todos sin discriminación. Asimismo, está obligado a proporcionar progresivamente la gratuidad de la enseñanza secundaria y superior y a mejorar continuamente la calidad de la educación. Esto significa que debe tomar inmediatamente medidas progresivas para la realización plena del derecho a la educación y no debe adoptar medidas regresivas.
Para aplicar en forma eficaz el derecho a la educación, los Estados deben velar por que una parte suficiente del presupuesto nacional se destine a la financiación de la educación y que el dinero se utilice de manera eficaz y equitativa para garantizar la educación para todos y corregir las desigualdades.
Las declaraciones internacionales, por ejemplo, la Declaración de Jomtien de 2011, reconocen que los Estados deben asignar por lo menos el 6% de su PIB y/o al menos un 20% de sus presupuestos nacionales a educación para alcanzar una educación de calidad para todos. En algunos Estados, el presupuesto nacional de educación está garantizado por la constitución o la legislación, por ejemplo, en Brasil, Costa Rica e Indonesia.
La educación se financia principalmente con los ingresos internos obtenidos mediante impuestos nacionales. Sin embargo, las políticas fiscales nacionales son a menudo insuficientes para generar suficientes ingresos. Las organizaciones de la sociedad civil luchan en favor de un sistema fiscal justo. Véase, por ejemplo, Campaña Global del Poder de la Tributación de ActionAid (en inglés) y la publicación de la Campaña Mundial por la Educación (CME), Imponer la equidad: Financiar la educación para todos con los recursos domésticos.
También surge la preocupación sobre las políticas macroeconómicas aplicadas y si estas facilitan o dificultan las inversiones en educación. Durante muchos años, el Fondo Monetario Internacional (FMI) fijó un techo a los salarios del sector público de los países de bajos ingresos como una condición para obtener préstamos y estos bloquearon activamente las inversiones en los sueldos de los docentes hasta que la investigación y campañas coordinadas convencieron al FMI para que eliminara estas condiciones. Por ejemplo, véase Informe de ActionAid, Confronting the contradictions: the IMF, wage bill caps and the case for teachers (en inglés).
Cuando los ingresos no son suficientes, la comunidad internacional debe proporcionar ayuda (PIDESC, artículo 4; Convención de los Derechos del Niño, artículo 4 y 28.3). Es importante que esto se haga de manera harmónica en lugar de mediante proyectos fragmentados y el mejor ejemplo de financiación compartida es la Asociación Mundial para la Educación (formada por los gobiernos donantes, los organismos multilaterales de desarrollo, los gobiernos de los países en desarrollo, la sociedad civil y otras partes interesadas) que proporciona financiación y apoyo coordinado a los gobiernos con planes fiables para el sector de la educación en los países en desarrollo. A pesar de que existe responsabilidad compartida para la aplicación del derecho a la educación en todo el mundo, en la actualidad, se observa una tendencia entre los donantes a reducir su ayuda a partir de la educación básica.
A pesar de la crisis financiera mundial, la principal barrera para financiar la educación de manera adecuada sigue siendo la falta de voluntad política. Además, la corrupción es el principal obstáculo para la realización del derecho a la educación. Para obtener más información, consulte el sitio web de Transparencia Internacional (en inglés).
En respuesta a la crisis financiera de la educación, algunas partes interesadas han pedido más inversión a las empresas en los mercados de la enseñanza. No obstante, como lo indica el Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la educación: "El concepto de la educación como un bien público es importante para mejorar la inversión pública en educación…, y constituye la base para la regulación de los proveedores privados de educación para que el interés social en la educación no sea sacrificado en aras del beneficio privado".
Al supervisar la aplicación del derecho a la educación en el plano nacional, es importante evaluar el presupuesto nacional asignado a y gastado en educación a fin de determinar si el gobierno está haciendo todo lo posible para hacer realidad el derecho a la educación. Más información sobre cómo analizar la financiación de la educación en el conjunto de herramientas de ActionAid/CME, Derechos de educación. Una guía para los profesionales y activistas (Capítulo 3) y en el conjunto de herramientas de IHRIP/IBP Reading the books: Governments’ budgets and the right to education.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 2, 13 y 14)
Observación General 13, párrafos 1, 43, 44, 51, 53, 54, 56, 60
Observación General 11, párrafos 3, 9
Observación General 3: La índole de las obligaciones de los Estados Partes (artículo 2.1)
- Convención sobre los Derechos del Niño, 1989 (artículos 4 y 28.3)
- Recomendación de la UNESCO y la OIT relativa a la condición del personal docente, 1966 (artículo 10)
- Declaración de Yakarta de 2005 aprobada en la Conferencia Internacional sobre el derecho a la educación básica como un derecho humano fundamental y el marco jurídico de su financiación (apartado IV)
- Declaración de Jomtien de 2011 aprobada en la 10ª sesión del Grupo de Alto Nivel sobre Educación para Todos (EPT) (párrafo 6)
- Estrategia Internacional de Desarrollo para el Segundo Decenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1970 (párrafo 43)
Para más detalles, véase Instrumentos Internacionales: Financiación de la Educación