El papel de los actores no estatales se extiende desde la impartición de enseñanza escolar hasta las intervenciones en varios niveles de educación y esferas de influencia. A la par de su examen de los progresos realizados en la consecución del ODS 4, comprendidos los nuevos datos sobre las repercusiones de la pandemia de COVID-19, el Informe de seguimiento de la educación en el mundo 2021-2022 insta a los Gobiernos a considerar todas las instituciones, los alumnos y los docentes como parte de un sistema único. Las normas, la información, los incentivos y la rendición de cuentas deberían ayudar a los Gobiernos a proteger, respetar y hacer efectivo el derecho a la educación de todos, sin dejar de prestar atención a los privilegios o la explotación. La educación financiada con fondos públicos no tiene por qué ser impartida únicamente por el sector público, pero hay que atender la disparidad en los procesos educativos, los resultados de los alumnos y las condiciones de trabajo de los docentes. Lejos de ser secretos comerciales, la eficiencia y la innovación deberían difundirse y ser practicadas por todos. A tales efectos, es necesario mantener la transparencia y la integridad en el proceso de las políticas de educación pública a fin de cerrar el paso a los intereses creados.
El llamamiento arengador del informe -¿Quién elige? ¿Quién pierde?- invita a los encargados de la formulación de políticas a cuestionar las relaciones con los actores no estatales en cuanto a las opciones fundamentales: entre la equidad y la libertad de elección; entre el fomento de la iniciativa y el establecimiento de normas; entre grupos de diferentes recursos y necesidades; entre los compromisos inmediatos en el marco del ODS 4 y los que deben cumplirse paulatinamente (por ejemplo, la educación postsecundaria); y entre la educación y otros sectores sociales.
La educación superior forma parte del derecho a la educación y está protegido por el derecho internacional de los derechos humanos. Esto significa que los Estados tienen la obligación de proteger, respetar y hacer realidad el derecho a la educación superior y que hay formas de hacerles rendir cuentas por las violaciones o privaciones del derecho a la educación superior. El derecho internacional de los derechos humanos establece que la educación superior debe ser accesible a todas las personas por igual, sin discriminación, en función de la capacidad. Esto debe lograrse por todos los medios apropiados y, en particular, mediante la introducción progresiva de la enseñanza gratuita.
Sin embargo, a pesar de un amplio marco jurídico internacional que garantiza el derecho a la educación superior sin ningún tipo de discriminación y un amplio compromiso político para promover la inclusión en la educación superior, persisten importantes desigualdades, tanto en el acceso a la educación superior como en el acceso a las titulaciones y programas más gratificantes desde el punto de vista social. Cuestiones como la privatización de la enseñanza superior y el aumento de las tasas académicas representan una amenaza para la igualdad de acceso y participación en la enseñanza
superior, especialmente en contextos en los que persisten las desigualdades sociales estructurales, como las desigualdades de clase, de género o territoriales. Además, ciertos grupos –como las minorías étnicas, raciales y religiosas, así como las personas inmigrantes, refugiadas o solicitantes de asilo— siguen estando ampliamente infrarrepresentados en la enseñanza superior en comparación con su proporción en el conjunto de la población.
Estos y otros muchos retos relacionados con el acceso y la participación en la educación superior pueden salir a la luz cuando supervisamos cuidadosamente el derecho a la educación superior. Solo mediante el seguimiento del derecho a la educación superior se pueden diseñar leyes y políticas adaptadas que aborden las desigualdades y discriminaciones persistentes.
Esta guía propone un enfoque basado en los derechos humanos para las desigualdades relativas al acceso y la participación de las y los estudiantes en la educación superior. El replanteamiento del análisis de la educación a través de la lente de los derechos humanos contrasta fuertemente con la visión reducida de la educación como generadora de capital humano.
El seguimiento de los derechos humanos es útil para abordar las desigualdades y las discriminaciones en el acceso y la participación en la educación superior porque permite evaluar la realización del derecho a la educación en un contexto determinado, así como las lagunas en la legislación y las políticas que protegen este derecho. El seguimiento le ayudará a identificar e investigar el grado de realización del derecho a la educación superior, especialmente en lo que respecta a la obligación de los Estados de proporcionar un acceso igualitario, en función de la capacidad, sin discriminación. En última instancia, el seguimiento del derecho a la educación superior le proporcionará el análisis jurídico y fáctico que le permitirá responsabilizar a los Estados en caso de privaciones y violaciones del derecho a la educación superior.
Higher education is part of the right to education, protected under international human rights law. This means that states have the obligation to protect respect and fulfil the right to higher education and that there are ways to hold them accountable for violations or deprivations of the right to higher education.
However, despite a comprehensive international legal framework ensuring the right to higher education without any discrimination and a wide political commitment to promote inclusion in higher education, important inequalities persist, both in terms of access to higher education and of access to the most socially rewarding degrees and programmes. Issues such as privatisation of higher education and rising tuition fees represent a threat to equal access and participation in higher education, especially in contexts where structural social inequalities - such as class, gender, or territorial inequalities - persevere. Moreover, certain groups - such as ethnic, racial, and religious minorities as well as migrants, refugees, or asylum seekers - are still widely underrepresented in higher education if compared to their proportion in the population as a whole.
These, and many other challenges regarding access and participation in higher education, can be brought to light when we carefully monitor the right to higher education. It is only by monitoring the right to higher education that adapted laws and policies which can address persistent inequalities and discriminations can be designed.
This guide proposes a human rights based approach to inequalities regarding students’ access to and participation in higher education. This guide is part of a series of thematic guidance notes providing practical advice on monitoring various aspects of the right to education from a human rights perspective.
This report, jointly produced by Right to Education Initiative; La FAGE, Fédération des Associations Générales Etudiantes; and Global Students Forum, focuses on the right to higher education, questioning France’s compliance with its obligations regarding article 2.2 and article 13.2 (c) of the International Covenant on Economic Social and Cultural Rights (ICESCR).
It is based on a five year research project developed by the Right to Education Initiative (RTE) in collaboration with students from Sciences Po Law School Clinic (Paris) and researchers from the University of Geneva, University of Orléans and ENS Paris Saclay
This submission highlights that the public policies aiming to reduce inequalities in access to higher education implemented by the French government since the last periodical reporting session are insufficient, and need to be reinforced and expanded. It argues that structural, territorial, and socio-economic inequalities as well as the State’s higher education financing policy hinder equality and non-discrimination in access to higher education and increase the privatisation trend.
Le présent rapport de la Rapporteuse spéciale sur le droit à l’éducation, Farida Shaheed, est soumis à l’occasion du vingt-cinquième anniversaire de la création du mandat relatif au droit à l’éducation. Dans son rapport, la Rapporteuse spéciale passe en revue les résultats obtenus dans le domaine du droit à l’éducation et expose la manière dont on conçoit ce droit et les obligations qui en découlent, ainsi que les questions contemporaines et nouvelles dont il convient de tenir compte pour garantir le droit à l’éducation pour tous, aujourd’hui et à l’avenir.
Este informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la educación, Farida Shaheed, se presenta con ocasión del 25º aniversario del establecimiento del mandato sobre el derecho a la educación. En su informe, la Relatora Especial examina los logros realizados en este ámbito, cómo se entiende el derecho a la educación y las obligaciones que conlleva, así como cuestiones tanto contemporáneas como emergentes que deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a la educación para todos, hoy y en el futuro.
يق دم هذا التقرير الذي أعدته المقررة الخاصةة ةم الم نيم قالي لت الت يري لريدة ،ةة ةاسدي قمنا ةة ة م الذكرى السةة ةنويم الخامسةة ةم وال اةة ةرين ناةة ةاة الوحيم المت قم قالي لت الت يرة وتقدم المقررة الخاصةة ةم لت التت تيققت لت هذا المجالي وكيفيم لار الي لت الت ير واحلتزامات المترت م تقريرها ا ت ارضا لإلنجا ازت ع يهي لضةة ع عن القضةةايا الم اصةةرة والنا،ةةنم التت يت سن النجر لساا من أجف ضةةمان الي لت الت ير ل جمي ي لت الوقت الياضر ولت المستقبفة
The present report is submitted to the General Assembly pursuant to Human Rights Council resolutions 8/4 and 53/7. In the report, the Special Rapporteur on the right to education, Farida Shaheed, addresses the crucial role and rights of teachers, their contribution to the full realization of the right to education and the challenges that this presents.
ESPAÑOL FRANÇAIS العربية
Le présent rapport est soumis à l’Assemblée générale en application des résolutions 8/4 et 53/7 du Conseil des droits de l’homme. Dans le présent rapport, la Rapporteuse spéciale sur le droit à l’éducation, Farida Shaheed, aborde le rôle crucial et les droits des enseignants, leur contribution à la pleine réalisation du droit à l’éducation et les difficultés qu’il y a à atteindre cet objectif.
Este informe se presenta a la Asamblea General de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 8/4 y 53/7. En el informe, la Relatora Especial sobre el derecho a la educación, Farida Shaheed, aborda el papel crucial y los derechos del personal docente, su contribución a la plena realización del derecho a la educación y las dificultades que esto plantea.