Dans le contexte carcéral, tant le travail que la formation jouent un rôle essentiel dans la préparation de la libération et de la réinsertion dans la société. Un programme d’activités satisfaisant revêt en effet une importance capitale pour le bien-être des détenus, afin qu’ils soient en mesure de passer une partie raisonnable de la journée hors de leur cellule, occupés à des activités motivantes de nature variée, telles des activités de formation et d’éducation. Pour les personnes incarcérées, l’accès au savoir constitue une fenêtre sur le monde. En pratique, la formation en prison reste cependant trop souvent du domaine du privilège. Une proportion importante de la population détenue est pourtant gravement infrascolarisée et les besoins en termes d’éducation sont particulièrement sérieux. Toute prison devrait dès lors s’efforcer de donner à tous les détenus accès à des programmes d’enseignement qui soient aussi complets que possible et qui répondent à leurs besoins individuels tout en tenant compte de leurs aspirations. 

Ce document énumère les instruments internationaux qui se réfèrent au droit à l'éducation des personnes en détention et les dispositions pertinentes.

 

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Este informe se presenta de conformidad con la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos. El Relator Especial decidió dedicar el informe a la cuestión del derecho a la educación de las personas privadas de libertad, un grupo que es objeto de discriminación en general y también específicamente con respecto al acceso a la educación.

Por lo general se considera que el aprendizaje en prisión por medio de programas educativos tiene repercusión en la reincidencia, la reintegración y más concretamente en las oportunidades de empleo tras la excarcelación. Sin embargo, la educación es mucho más que una herramienta para el cambio; es un imperativo en sí. Con todo, la educación presenta desafíos considerables para los reclusos debido a toda una gama de factores ambientales, sociales, institucionales e individuales. El Relator Especial se propone informar y prestar asistencia a los gobiernos y a las partes interesadas en sus esfuerzos por abordar esos factores y desarrollar prácticas óptimas a fin de que las personas privadas de libertad puedan ejercer efectivamente su derecho a la educación, el cual hasta la fecha no se ha garantizado.

El presente informe se ha beneficiado en gran medida del compromiso activo y constructivo de muchos sectores interesados, tales como gobiernos, organizaciones internacionales, académicos, organizaciones no gubernamentales (ONG) y reclusos. Colectivamente, éstos ofrecieron un valioso conjunto de perspectivas diferentes respecto de la educación en las prisiones, los cuales proporcionan enseñanzas a todos y constituyen la base de una serie de recomendaciones que figuran al final del presente informe. A todas esas personas y entidades que le demostraron su compromiso, el Relator Especial expresa su sincero agradecimiento.

 

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