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Sistemas de presentación de informes de la ONU

 

El Índice Universal de los Derechos Humanos le dará acceso a la información que necesita. Este índice se basa en las observaciones y recomendaciones formuladas por los órganos internacionales compuestos por expertos independientes:

 (1) los siete Órganos de Tratados que supervisan la aplicación de los principales tratados de Derechos Humanos (desde 2000)

(2) los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos (desde 2006) – informes nacionales y temáticos, véase especialmente bajo educación, minorías, género, etc.

Por lo tanto, por favor dése el tiempo de buscar en El Índice Universal de los Derechos Humanos. Está disponible en seis idiomas.

Las búsquedas sencillas se realizan directamente en la página principal, introduciendo una palabra clave, un país, un órgano o un derecho o cualquier combinación de estos elementos.

Con la búsqueda avanzada es posible refinar la búsqueda combinando criterios (por ejemplo, varios países, órganos o derechos al mismo tiempo), combinando palabras clave, usando “persona(s) afectada(s)” como un criterio, por año de publicación o por signatura.

¿Qué buscar?

Le recomendamos consultar las referencias a educación / género / minorías / discriminación, etc. en las observaciones finales del comité para usar estos puntos de vista para sus campañas.

Además, le recomendamos visitar periódicamente los portales de los comités para mantenerse al tanto de las fechas de los exámenes periódicos, confirmar si se publicó algún informe nuevo y determinar el momento más oportuno para producir un informe sombra de la sociedad civil para contrarrestar el informe oficial del Estado.

Los principales comités que tratan del derecho a la educación y la no discriminación son:

Si no encuentra lo que está buscando o necesita más asesoramiento para la navegación, por favor no dude en contactarnos, que haremos todo lo posible para ayudarle:

El Comite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales (CESCR)

El Comite de drechos Humanos (HRC, que trata susntos de derechos civiles y politicos)

El Comite de los derechos del niño (CRC)

Comite para la Eliminación de la  Discriminación racial (CERD)

Comite on para la Eliminación de todas las  Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)

Comite de los Trabajadores Migrantes (CMW)

Comite de Derechos de las Personas con Discapcidad (CRPD)

 

Encabezado: 

Las convenciones tienen sistemas cíclicos de presentación de informes: el Estado presenta un informe cada 4 o 5 años al comité de expertos independientes, que responde con una serie de preguntas planteadas al Estado. Luego tiene lugar una reunión presencial en Ginebra y se emiten las recomendaciones u observaciones finales sobre el estado de aplicación del convenio. Todo esto tiene lugar en público. Este sistema actual de muchos comités y ciclos de presentación de informes diferentes, produce una gran cantidad de documentos, lo que puede llegar a ser una enorme carga para la administración pública nacional y dejar mucho lugar para la deferencia y los atrasos. Sin embargo, también representa una oportunidad para que la sociedad civil colabore con el Estado o produzca un informe sombra crítico, que siempre será tomado en consideración por el comité, y para usar tanto el proceso como las observaciones para “señalar y avergonzar”, manteniendo y renovando la debida presión sobre el Estado.

 

 

El sistema de las Naciones Unidas, creado en 1945 con la Carta de las Naciones Unidas, depende de la participación de los Estados como signatarios de los tratados, como autores de los informes sobre el progreso y ritmo de la aplicación de los derechos y como partes de las reuniones presenciales y las recomendaciones. Las NN.UU. trabajan, por un lado, como un sistema paritario (por medio del Examen Periódico Universal), en el que los Estados se juzgan y presionan mutuamente—o evitan hacerlo por razones políticas—y, por otro, como un sistema de expertos independientes (por medio de los comités de las convenciones), que examinan, interpretan, evalúan y recomiendan o critican los esfuerzos realizados por los países, sobre la base de los textos normativos y leyes internacionalmente vinculantes.

 

 

La base del sistema legal internacional es el Estado. El Estado es el que ratifica los tratados, comprometiéndose así a respetar, proteger y cumplir el derecho a la educación. Y también es el Estado el que debe informar sobre su propia aplicación de los tratados y que puede ser “señalado y avergonzado” en público por no hacerlo. Los tratados especifican mecanismos para que la comunidad internacional ejerza presión sobre el Estado para que cumpla con sus obligaciones. Estos mecanismos pueden ser muy poderosos o volverse muy politizados en las NN.UU. o los foros regionales. El desafío de los que hacen campaña y los tribunales es poner este poder en las manos de aquellos cuyos derechos han sido violados por el Estado.