Convenciones de la ONU
Las principales convenciones de las NN.UU. (mencionadas a continuación) contienen disposiciones sobre educación, no discriminación y acceso a la justicia y todas ellas pueden ser firmadas por los Estados, que se obligan a respetar, proteger y cumplir los derechos humanos. El hecho de ratificar o aceptar (casi lo mismo), firmar o solamente señalar su intención de firmar una convención supone un grado diferente de obligación legal para el Estado. Además, es muy importante averiguar si los Estados presentaron alguna reservación o declaración, que impida que la convención tenga pleno vigor a nivel nacional. Por último, algunas convenciones explican, bien en su texto básico, bien en Protocolos Facultativos, los procedimientos de presentación de denuncias por los particulares al comité de expertos independientes correspondiente. Habrá que verificar si estos procedimientos existen antes de contemplar alguna acción legal a este nivel.
El sistema de las Naciones Unidas, creado en 1945 con la Carta de las Naciones Unidas, depende de la participación de los Estados como signatarios de los tratados, como autores de los informes sobre el progreso y ritmo de la aplicación de los derechos y como partes de las reuniones presenciales y las recomendaciones. Las NN.UU. trabajan, por un lado, como un sistema paritario (por medio del Examen Periódico Universal), en el que los Estados se juzgan y presionan mutuamente—o evitan hacerlo por razones políticas—y, por otro, como un sistema de expertos independientes (por medio de los comités de las convenciones), que examinan, interpretan, evalúan y recomiendan o critican los esfuerzos realizados por los países, apoyándose en los textos normativos y leyes internacionalmente vinculantes.
La base del sistema legal internacional es el Estado. El Estado es el que ratifica los tratados, comprometiéndose así a respetar, proteger y cumplir el derecho a la educación. Y también es el Estado el que debe informar sobre su propia aplicación de los tratados y que puede ser “señalado y avergonzado” en público por no hacerlo. Los tratados especifican mecanismos para que la comunidad internacional ejerza presión sobre el Estado para que cumpla con sus obligaciones. Estos mecanismos pueden ser muy poderosos o volverse muy politizados en las NN.UU. o los foros regionales. El desafío de los que hacen campaña y los tribunales es poner este poder en las manos de aquellos cuyos derechos han sido violados por el Estado.

