Disposiciones del derecho internacional
Examine las Disposiciones de los Tratados Internacionales. Los argumentos en favor de enmiendas constitucionales/legislativas más convincentes, son aquellos que buscan la promulgación de convenciones internacionales ratificadas a nivel nacional. Por ejemplo, todo gobierno que haya ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC, por sus siglas en inglés) desde su adopción en 1990 (todos excepto Estados Unidos y Somalilandia), está legalmente obligado a cumplir con sus disposiciones. Ese Estado ha aceptado “adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención”. (Artículo 4 de la CRC). Aun cuando el país no ha ratificado un tratado, sigue siendo útil tratar de presionar al gobierno par que promulgue legislación basada en las disposiciones u observaciones generales de ese tratado. Consulte las disposiciones de los tratados mundiales y regionales en: derecho internacional de derechos humanos. En esa página también encontrará un resumen de los méritos de cada tratado, méritos que constituyen buenos indicadores de la manera en que podría formularse el derecho a la educación. Las disposiciones contra la discriminación de la mayoría de los tratados internacionales se refieren a los grupos de personas que tradicionalmente han sido víctimas de discriminación dentro de la sociedad. No obstante, en la actualidad hay muchos otros grupos que también están siendo excluidos de la educación o que son reconocidos como grupos desfavorecidos. Resulta importante asegurar que los grupos que están en riesgo en su país sean reconocidos como tales.

